lunes, 17 de febrero de 2014

El Pacto de Toledo

En el año 1995, es aprobado por el Congreso de los Diputados un documento que contenía quince recomendaciones o principios programáticos sobre los cuales se fundamentaría las políticas sociales relativas a las pensiones, y que por tanto, dirigido a un sector de la sociedad tan sensible como aquellos que dependen de una pensión de jubilación o de invalidez o viudedad, etc. Por tal motivo todos los partidos políticos se pusieron de acuerdo para no utilizar las pensiones como arma electoral. A este documento se le denominó  “PACTO DE TOLEDO”. Al cabo de ocho años (en el 2003), se decidió hacer un seguimiento y actualización del mismo.
Las 15 recomendaciones que,debían orientar las futuras reformas del sistema de pensiones con el fin de garantizar, en primer lugar, su viabilidad y, si fuera posible, su mejora, fueron apoyadas por todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados y, poco tiempo después, los llamados “interlocutores sociales” sumaron su apoyo al documento denominado Pacto de Toledo. Estos Principios Programáticos o Recomendaciones (con algunos cambios que se introdujeron posteriormente son: 
1.- Separación de las fuentes de financiación.- Separando las asignaciones presupuestarias, las no contributivas de las contributivas de forma que éstas sean abonadas con los propios recursos de la Seguridad Social.
2.- Mantenimiento del poder adquisitivo.- A través de su revalorización anual en función de la subida del IPC.
3.- Constitución de reservas.- Mediante la creación de un Fondo de Reserva en el que se ingresarían a principios de cada año los recursos sobrantes después de pagar las pensiones del año anterior.
4.- Simplificación e integración de los diferentes regímenes especiales.- Con la finalidad de que, gradualmente, se llegue a tener dos grandes regímenes, uno constituido por los trabajadores por cuenta ajena y otro por los de cuenta propia o autónomos.
5.- Mejora de las bases de cotización.- Para acercarlas a los salarios realmente percibidos.
6.- Cotizaciones orientadas al crecimiento del empleo.- Bonificar los contratos laborales de aquellos colectivos que tengan una mayor dificultad en acceder a un empleo, si bien, estas bonificaciones deberán ir a cargo de las políticas activas de empleo.
7.- Modernización e información al ciudadano.-  Facilitar al ciudadano el acceso a una mas amplia información, aprovechando las innovaciones tecnológicas.
8.- Gestión del sistema.- Mejorar la coordinación y la eficacia de la gestión.
9.- Lucha contra el fraude.
10.- Principio de contributividad.- Es necesario que las pensiones a percibir sean proporcionales al esfuerzo contributivo efectuado por el pensionista a lo largo de su vida laboral.
11.- Edad de jubilación.-  Resulta conveniente adaptar, de manera gradual y progresiva, la edad de jubilación a la esperanza de vida de la población española. A tal fin pueden ser útiles fórmulas mixtas como la jubilación parcial.
12.- Pensiones de viudedad y orfandad.-  Es conveniente mejorar paulatinamente la cuantía de estas pensiones, armonizando el principio de contributividad en el caso de las pensiones mas bajas.
13.- Reforzamiento del principio de solidaridad.- Conjugar el principio de contributividad con el principio de solidaridad para inculcar que las cotizaciones mas altas beneficien a los perceptores de las pensiones mas bajas.
14.- Sistemas complementarios.- Es conveniente desarrollar la fórmula de pensión complementaria a través de planes de pensiones o de otras formas aseguradoras, con el fin de que la jubilación no ocasione una reducción traumática de los recursos económicos del pensionista.
15.- Seguimiento periódico.- De manera periódica el parlamento comprobará la adecuada ejecución de las recomendaciones que recoge el denominado PACTO DE TOLEDO.

Este seguimiento es tarea de la Comisión no permanente que debe evaluar y comprobar la evolución socio-económica, pudiendo introducir modificaciones a las recomendaciones recogidas en el Pacto de Toledo o, en su caso, añadir nuevas recomendaciones o principios programáticos, como de hecho sucedió en el año 2003 al añadir, en el documento elaborado en el año 1995, otras recomendaciones relativas a:

·         Nuevas formas de trabajo
·         Mujer y protección social
·         Discapacidad
·         Inmigración

Estas nuevas recomendaciones pusieron de relieve la necesidad de armonizar los cambios en nuestro sistema de pensiones a las sucesivas novedades que, de manera paulatina, han ido introduciendo las Instituciones de la Unión Europea; en especial las que se refieren a la inmigración, las situaciones de dependencia, las personas con discapacidad o la movilidad de los trabajadores comunitarios.

Haciendo un breve resumen sobre las recomendaciones últimas citadas cabe decir lo siguiente:

a)    Nuevas formas de trabajo.- Los contratos de trabajo bonificados pueden ser un instrumento válido que favorezca la incorporación o permanencia en el trabajo de personas con dificultades de acceso al mundo del trabajo o que corran riesgo de expulsión por su edad. Estas bonificaciones deben centrarse en colectivos cuyo empleo se pretende favorecer, implicando a las Administraciones públicas a que pongan en marcha políticas activas de empleo eficaces, entre otros aspectos mejorando la formación para una mas fácil colocación de quienes se incorporan al mercado laboral con una mayor cualificación profesional.
b)    Mujer y protección social.- La comisión defiende que se adopten las medidas precisas para que se logre una real y efectiva igualdad de oportunidades, igualdad de trato entre hombres y mujeres en relación con el empleo e igualdad de salario a igual desempeño de funciones. Una adecuada conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
c)     Discapacidad.- Se considera que el Sistema de la Seguridad Social constituye un instrumento de política social que debe contribuir, en mayor medida, a la plena inclusión de las personas con discapacidad.
d)   Inmigración.- La comisión defiende la importancia de una inmigración ordenada y legal que ayude a la estabilidad futura de nuestro sistema de protección social, manteniendo el crecimiento demográfico y la tasa de natalidad, contribuyendo al desarrollo de nuestro mercado laboral.


Puede decirse que, todo lo anteriormente expuesto es un compendio del documento denominado PACTO DE TOLEDO, que no deja de ser un conjunto de buenas intenciones o programas a desarrollar y que en función del momento político, social y económico, corresponderá al Poder Ejecutivo poner en práctica.

No hay comentarios:

Publicar un comentario