En el año 1995, es aprobado por el Congreso de los
Diputados un documento que contenía quince recomendaciones o
principios programáticos sobre los cuales se fundamentaría las
políticas sociales relativas a las pensiones, y que por tanto,
dirigido a un sector de la sociedad tan sensible como aquellos que
dependen de una pensión de jubilación o de invalidez o viudedad,
etc. Por tal motivo todos los partidos políticos se pusieron de
acuerdo para no utilizar las pensiones como arma electoral. A
este documento se le denominó “PACTO DE TOLEDO”. Al
cabo de ocho años (en el 2003), se decidió hacer un seguimiento y
actualización del mismo.
Las 15 recomendaciones que,debían orientar
las futuras reformas del sistema de pensiones con el fin de
garantizar, en primer lugar, su viabilidad y, si fuera posible, su
mejora, fueron apoyadas por todos los grupos parlamentarios del
Congreso de los Diputados y, poco tiempo después, los llamados
“interlocutores sociales” sumaron su apoyo al documento
denominado Pacto de Toledo. Estos Principios Programáticos o
Recomendaciones (con algunos cambios que se introdujeron
posteriormente son:
1.-
Separación de las fuentes de financiación.- Separando las
asignaciones presupuestarias, las no contributivas de las
contributivas de forma que éstas sean abonadas con los propios
recursos de la Seguridad Social.
2.-
Mantenimiento del poder adquisitivo.- A través de su
revalorización anual en función de la subida del IPC.
3.-
Constitución de reservas.- Mediante la creación de un Fondo de
Reserva en el que se ingresarían a principios de cada año los
recursos sobrantes después de pagar las pensiones del año anterior.
4.-
Simplificación e integración de los diferentes regímenes
especiales.- Con la finalidad de que, gradualmente, se llegue a
tener dos grandes regímenes, uno constituido por los trabajadores
por cuenta ajena y otro por los de cuenta propia o autónomos.
5.-
Mejora de las bases de cotización.- Para acercarlas a los
salarios realmente percibidos.
6.-
Cotizaciones orientadas al crecimiento del empleo.- Bonificar los
contratos laborales de aquellos colectivos que tengan una mayor
dificultad en acceder a un empleo, si bien, estas bonificaciones
deberán ir a cargo de las políticas activas de empleo.
7.-
Modernización e información al ciudadano.- Facilitar al
ciudadano el acceso a una mas amplia información, aprovechando las
innovaciones tecnológicas.
8.-
Gestión del sistema.- Mejorar la coordinación y la eficacia de
la gestión.
9.-
Lucha contra el fraude.
10.-
Principio de contributividad.- Es necesario que las pensiones a
percibir sean proporcionales al esfuerzo contributivo efectuado por
el pensionista a lo largo de su vida laboral.
11.-
Edad de jubilación.- Resulta conveniente adaptar, de
manera gradual y progresiva, la edad de jubilación a la esperanza de
vida de la población española. A tal fin pueden ser útiles
fórmulas mixtas como la jubilación parcial.
12.-
Pensiones de viudedad y orfandad.- Es conveniente mejorar
paulatinamente la cuantía de estas pensiones, armonizando el
principio de contributividad en el caso de las pensiones mas bajas.
13.-
Reforzamiento del principio de solidaridad.- Conjugar el
principio de contributividad con el principio de solidaridad para
inculcar que las cotizaciones mas altas beneficien a los
perceptores de las pensiones mas bajas.
14.-
Sistemas complementarios.- Es conveniente desarrollar la fórmula
de pensión complementaria a través de planes de pensiones o de
otras formas aseguradoras, con el fin de que la jubilación no
ocasione una reducción traumática de los recursos económicos del
pensionista.
15.-
Seguimiento periódico.- De manera periódica el parlamento
comprobará la adecuada ejecución de las recomendaciones que recoge
el denominado PACTO DE TOLEDO.
Este seguimiento es tarea
de la Comisión no permanente que debe evaluar y
comprobar la evolución socio-económica, pudiendo introducir
modificaciones a las recomendaciones recogidas en el Pacto de Toledo
o, en su caso, añadir nuevas recomendaciones o principios
programáticos, como de hecho sucedió en el año 2003 al añadir, en
el documento elaborado en el año 1995, otras recomendaciones
relativas a:
·
Nuevas formas de trabajo
·
Mujer y protección social
·
Discapacidad
·
Inmigración
Estas nuevas
recomendaciones pusieron de relieve la necesidad de armonizar los
cambios en nuestro sistema de pensiones a las sucesivas novedades
que, de manera paulatina, han ido introduciendo las Instituciones de
la Unión Europea; en especial las que se refieren a la inmigración,
las situaciones de dependencia, las personas con discapacidad o la
movilidad de los trabajadores comunitarios.
Haciendo un breve resumen
sobre las recomendaciones últimas citadas cabe decir lo siguiente:
a)
Nuevas formas de trabajo.- Los contratos de trabajo
bonificados pueden ser un instrumento válido que favorezca la
incorporación o permanencia en el trabajo de personas con
dificultades de acceso al mundo del trabajo o que corran riesgo
de expulsión por su edad. Estas bonificaciones deben centrarse en
colectivos cuyo empleo se pretende favorecer, implicando a las
Administraciones públicas a que pongan en marcha políticas activas
de empleo eficaces, entre otros aspectos mejorando la formación para
una mas fácil colocación de quienes se incorporan al mercado
laboral con una mayor cualificación profesional.
b)
Mujer y protección social.- La comisión defiende que se
adopten las medidas precisas para que se logre una real y efectiva
igualdad de oportunidades, igualdad de trato entre hombres y mujeres
en relación con el empleo e igualdad de salario a igual desempeño
de funciones. Una adecuada conciliación de la vida personal,
familiar y laboral.
c)
Discapacidad.- Se considera que el Sistema de
la Seguridad Social constituye un instrumento de política social que
debe contribuir, en mayor medida, a la plena inclusión de las
personas con discapacidad.
d)
Inmigración.- La comisión defiende la importancia de una
inmigración ordenada y legal que ayude a la estabilidad futura de
nuestro sistema de protección social, manteniendo el crecimiento
demográfico y la tasa de natalidad, contribuyendo al desarrollo
de nuestro mercado laboral.
Puede decirse que, todo
lo anteriormente expuesto es un compendio del documento
denominado PACTO DE TOLEDO, que no deja de ser un conjunto de
buenas intenciones o programas a desarrollar y que en función del
momento político, social y económico, corresponderá al
Poder Ejecutivo poner en práctica.
No hay comentarios:
Publicar un comentario